Depósito de combustible lleno para la entrega?

  • Autor de tema Autor de tema Jbur
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Acabaríamos regateando con el depósito de combustible eso ya te lo digo yo, no te van a dar hasta arriba, ni una nevera, ni una moto, ni un coche, ni los móviles te vienen cargados de batería.... jejeje cuantas cosas hemos comprado y al ir a utilizarlas por la noche no poder por qué no traían pilas y las necesitaban...

Aún así si existe una ley.. es fácil buscarla, la mayoría de las veces regalan cosas por valor superior a un depósito, con lo cual en vez de pedir unas alfombrillas o los cristales tintados le dices que quieres el depósito lleno, pues lo conseguirás seguro

Por cierto no creo que cada coche le de el margen de 5000 que dices sinceramente, hay que vender muchísimo para ganar 5 millones de eu


Mi móvil venía con la batería para algo más de 5 minutos (diría que al 90%), que podría ser lo equivalente de como te entregan los coches normalmente, y, sinceramente, no recuerdo la última vez que compré un aparato electrónico y no venía con pilas (pero es fácil que mi memoria no sea buena). Aún así, al igual que con la nevera, no me parecen símiles comparables. Y los regalos a los que te refieres son compensaciones voluntarias, no comparables con un supuesto de hecho planteado en una Ley. Ahora bien, que tú renuncias a tus derechos porque te conviene y cambias unos bienes por otros? Eso es otra cosa.

Edito por que se me olvidaba una aclaración: Si pudieras ver las horquillas de ganancias que tienen algunas concesiones a lo mejor te sorprenderías.

Saludos
 
No hay ningún supuesto de hecho planteado en una ley ya que la triquiñuela de que no cumple la TARA no es válida porque no es algo que aparezca en el contrato de compra-venta. La ley solo dice que se te debe entregar el bien comprado acorde con lo expresado en el contrato de compra-venta. Nada más.
 
No hay ningún supuesto de hecho planteado en una ley ya que la triquiñuela de que no cumple la TARA no es válida porque no es algo que aparezca en el contrato de compra-venta. La ley solo dice que se te debe entregar el bien comprado acorde con lo expresado en el contrato de compra-venta. Nada más.

Triquiñuela? Qué entiende por triquiñuela? Jejejejejeje.

La documentación del coche es parte del bien adquirido y creo que ahí si viene la TARA, pero no lo recuerdo bien.

Saludos
 
En algún contrato figura la emisión de Nox?

Como no figura la emisión entonces Volkswagen no es culpable de nada.

Esa sería la lógica planteada, desde mi punto de vista absurda.
 
En algún contrato figura la emisión de Nox?

Como no figura la emisión entonces Volkswagen no es culpable de nada.

Esa sería la lógica planteada, desde mi punto de vista absurda.


Creo que la emisión de NOX tiene algo que ver con normativa gubernamental, creo que el cliente no figura como parte en ese contrato. Me parece que quieres darle un punto de vista absurdo a los argumentos y por eso te parecen absurdos pero si lo observas desde la imparcialidad no es nada descabellado que el coche tenga que venir repostado de combustible al igual que viene de aceite y otros líquidos necesarios para el funcionamiento.

Edito: Me parece que por sentencia ha quedado demostrado que VW sí que es culpable del tema de emisiones NOX y cómo bien dices no venía en ningún contrato, pero aún así se ha compensado al cliente. Aunque lo mismo me equivoco porque en mi contrato de compra-venta (lo he comprado mediante compra flexible) vienen los extras añadidos, el equipamiento de serie, SORPRESA: las dimensiones del vehículo, incluyendo TARA, el día previsto de entrega y algunas prestaciones. Lo mismo por eso el comercial me acompañó a la gasolinera y repostó el vehículo.

Saludos
 
Última edición:
Estáis mezclando temas. No puedes exigir al vendedor algo que no está en el contrato de compra-venta, y que el coche cumpla la TARA o no con el deposito lleno es cosa de homologación y por tanto es responsabilidad del fabricante.

Sobre el NOX, que nombras sin sentido alguno, por supuesto que es culpabilidad del fabricante porque es tema de homologación y falseado de datos. Y los concesionarios (vendedores) no tienen responsabilidad porque en el contrato de compra-venta no se nombran para nada las emisiones. Amigo Sancho Carlos, me estas dando la razón. Vuelvo a repetir, leer bien las cosas antes de criticarlas.

El vendedor solo debe entregarte un vehículo que cumpla con el contrato de compra-venta. El fabricante es el responsable de que el vehículo cumpla con la homologación y con los datos que dice la tarjeta de inspección.

Y con triquiñuela me refiero a lo que cuenta el artículo referenciado donde se habla que te lo deben de dar con el deposito lleno para cumplir con la tara y por tanto es obligatorio. Hacer creer a la gente que eso es así es una triquiñuela. Y si , la documentación del coche forma parte del coche, claro, pero el vendedor no es responsable de lo que pone en ella y menos de que cumpla la tara. Solo es responsable de que se cumpla el contrato de compra-venta. Es decir, de que sea el modelo que tu has pedido y con los extras que has pedido. Nada más.

Saludos
 
Creo que la emisión de NOX tiene algo que ver con normativa gubernamental, creo que el cliente no figura como parte en ese contrato. Me parece que quieres darle un punto de vista absurdo a los argumentos y por eso te parecen absurdos pero si lo observas desde la imparcialidad no es nada descabellado que el coche tenga que venir repostado de combustible al igual que viene de aceite y otros líquidos necesarios para el funcionamiento.

Edito: Me parece que por sentencia ha quedado demostrado que VW sí que es culpable del tema de emisiones NOX y cómo bien dices no venía en ningún contrato, pero aún así se ha compensado al cliente. Aunque lo mismo me equivoco porque en mi contrato de compra-venta (lo he comprado mediante compra flexible) vienen los extras añadidos, el equipamiento de serie, SORPRESA: las dimensiones del vehículo, incluyendo TARA, el día previsto de entrega y algunas prestaciones. Lo mismo por eso el comercial me acompañó a la gasolinera y repostó el vehículo.

Saludos

Efectivamente quiero desde el absurdo hacer ver la ilógica del absurdo.
 
Y corto.

Edito: Bastantes medios tienen ya los fabricantes y concesionarios para que además les salgan consumidores a defenderlos.
 
Última edición:
Aquí no defendemos a nadie, solo hablamos de si es obligatorio o no que te den el deposito lleno. Repito, fíjate más al leer los comentarios de los demás.
 
Y corto.

Edito: Bastantes medios tienen ya los fabricantes y concesionarios para que además les salgan consumidores a defenderlos.

Primero, mido casi 1'90 metros. Lo digo por lo de corto, porque no creo que sea por la conversación cuando después metes un párrafo. Nótese el tono de broma, por favor.

Segundo, pero si estás defendiendo el que vengan vacíos los vehículos! Dices que es absurdo que lo llenen conforme a la Ley de Bienes y Servicios. Tú defiendes al comercial! Aclárate un poco que me estás liando a mi. Yo no defiendo ni lo uno ni lo otro, simplemente digo que si se ajusta a una Ley existente el vehículo debe de venir lleno de combustible. Y si esa Ley no existiese, en defecto de Ley impera La Costumbre (la LÓGICA, con mayúsculas), y lo lógico es que NO venga con 5 litros por que si tú no quieres echar en la primera gasolinera, o está cerrada o reponiendo los tanques de combustible y tienes que esperar... Yo qué sé, o simplemente tu padre trabaja en una gasolinera 50 km más allá... Pues no es LÓGICO.

Corto y Cierro. Jejejeje.

Saludos
 
O.C.A. 84 si que te has liado si, jajajajajajaja.

El que ha defendido que no hay obligación de llenarlo, o que la ley de Bienes y Servicios solo especifica que el vendedor debe cumplir solo lo que dice el contrato de compra-venta y por tanto, el que no se cumpla la TARA por no venir el deposito lleno no es aplicable, he sido yo.

El compañero Sancho Carlos solo ha querido hacer una comparación con el tema de las emisiones, errónea desde mi punto de vista, y creo que te has liado.

Saludos
 
O.C.A. 84 si que te has liado si, jajajajajajaja.

El que ha defendido que no hay obligación de llenarlo, o que la ley de Bienes y Servicios solo especifica que el vendedor debe cumplir solo lo que dice el contrato de compra-venta y por tanto, el que no se cumpla la TARA por no venir el deposito lleno no es aplicable, he sido yo.

El compañero Sancho Carlos solo ha querido hacer una comparación con el tema de las emisiones, errónea desde mi punto de vista, y creo que te has liado.

Saludos
Ah, pues pensaba que Sancho me había citado. Nótese la ironía
 
Última edición:
El "Y corto" únicamente quería decir que por mi zanjado el tema pues, como se puede ver por los últimos comentarios ya no se trata de aclarar nada.
 
El "Y corto" únicamente quería decir que por mi zanjado el tema pues, como se puede ver por los últimos comentarios ya no se trata de aclarar nada.
Creo que me refería a eso al anotar que era una nota de humor. Entiendo muy bien lo que quiere decir "CORTO" en una conversación.

Saludos
 
La ley que hacéis referencia no dice que te venga con gasolina, que queréis interpretar que como la tara es con líquidos así tiene que venir... ya sabéis abogado y procurador y a contencioso.... aún que lo dijera la misma ley,si no quieren pues no quieren y te puedes poner con los brazos en jarra!

Jajaja
 
La ley que hacéis referencia no dice que te venga con gasolina, que queréis interpretar que como la tara es con líquidos así tiene que venir... ya sabéis abogado y procurador y a contencioso.... aún que lo dijera la misma ley,si no quieren pues no quieren y te puedes poner con los brazos en jarra!

Jajaja

Toda la razón.

Saludos.
 
Ya sabía yo que el tema no estaba claro, otra cosa es que la gente se conforme y no le de importancia...
 
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